La jueza federal con competencia electoral declaró inconstitucionales cuatro artículos de la ley. Servini de Cubría suspendió la elección de consejeros de la Magistratura; se espera la apelación del Gobierno. 

La jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría suspendió la elección de los miembros del Consejo de la Magistratura por votación popular. En este sentido, declaró inconstitucionales cuatro artículos de la ley 26.855: el 2, 4, 18 y 30. En consecuencia, la jueza suspende las elecciones de consejeros, mientras que el resto del calendario se mantiene intacto.

Servini de Cubría falló de fondo sobre dos medidas cautelares presentadas por Jorge Rizzo, quién es el presidente del Colegio Público; y Carlos Traboulsi, presidente nacional del Partido Democracia Cristiana. En ambos casos, la magistrada resolvió: “declarar la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la ley 26.855; la inconstitucionalidad del decreto del Poder Ejecutivo 577/2013 y, en consecuencia, hacer saber que queda sin efecto jurídico la convocatoria electoral prevista para la elección de miembros del Consejo de la Magistratura”.

El Gobierno Nacional deberá entonces decidir si presentar un recurso de apelación ante la Cámara Nacional Electoral, para apelar la sentencia definitiva de Servini de Cubría, y ante la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo, para que revise las medidas cautelares que se dictaron esta semana; o si se arriesga a presentarse con un per saltum ante la Corte Suprema de la Nación.

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