El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó la decisión de la municipalidad de Esquel de no permitir que la empresa “Minas Argentinas S.A” tenga una oficina comercial en esa ciudad.

Esquel Mineria

El fallo judicial sienta sin lugar a dudas un precedente importante para el debate por la habilitación de la minería a cielo abierto con uso de cianuro en Chubut y puede dar pie a otros municipios y localidades del país que enfrentan el mismo tipo de problemas.

“Esquel goza de plena potestad para establecer dentro de su ejido un régimen minero adecuado y apropiado a las características de su entorno, pudiendo determinar qué actividad en su geografía será lícita y cuál prohibida”, aseguraron en el fallo.

De esta manera, el municipio limitó el derecho de la empresa a trabajar en Esquel: se le deniega el pedido de habilitación comercial porque el Concejo Deliberante “no permite las actividades conexas de otras prohibidas”.

“¿Qué podría hacer Minas Argentinas en la oficina de Esquel sin que hubiese entre esa acción y su actividad principal una interna relación económica como parte de un mismo emprendimiento societario”. Si se dedica a la minería y ya la ejecuta en otro lugar de Chubut, “¿de qué modo es posible desvincular o considerar que no es la extensión de la operatoria para la cual requiere una sede en Esquel?”, argumentaron desde el STJ.

Fuente: Diario Jornada

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