La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) confirmó por unanimidad la prisión preventiva de Milagro Sala pero, a su vez, ordenó que se cumpla con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y se la beneficie con la prisión domiciliaria.

También rechazó la inmunidad de arresto “alegada por la Sra. Milagro Sala en razón de haber sido electa parlamentaria del Mercosur”.

La resolución fue firmada por los jueces Lorenzetti, Highton, Maqueda y Rosatti: de esta manera quedó firme el fallo del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy que convalidó la prisión preventiva de Milagro Sala.

En ese momento, la misma había sido ordenada por existir “riesgo de obstaculización del proceso” en el que se le imputó la comisión de los delitos de “asociación ilícita en carácter de jefa, fraude a la administración pública y extorsión”.

Vale la pena recordar, asimismo, que la defensa de la líder de la Tupac Amaru había denunciado judicialmente que su detención preventiva era “arbitraria”, alegando que no había elementos para justificar la existencia de riesgo procesal.

A mediados de octubre, un operativo policial se desplegó en el barrio “La Ciénaga”, donde la dirigente de la Tupac Amaru cumplía su prisión domiciliaria, para llevársela nuevamente a la cárcel por orden del juez Llermanos.

A fines de noviembre, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dictó una medida previsional a favor de la dirigente y le reclamó al gobierno de Mauricio Macri que “de manera inmediata” sustituya la prisión preventiva “por la medida alternativa de arresto domiciliario”.

  • Para leer el fallo completo y los votos de los jueces: CIJ

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