Este #8A, a poco menos de dos meses de la media sanción obtenida en la Cámara de Diputados, el Senado debatirá el proyecto sobre la #AbortoLegal.

Aunque la apuesta de algunos senadores que no tienen una posición “tan dura” respecto del tema es realizarle modificaciones, estos son los puntos clave de la normativa tal como obtuvo media sanción en la Cámara de de Diputados:

 

  • #AbortoLegal hasta la semana 14. Después, sólo por violación, riesgo de vida de la mujer o malformación fetal incompatible con la vida extrauterina.
  • Habrá penas de prisión para los profesionales de la salud que practiquen abortos sin consentimiento de la mujer o más allá de la semana 14. También para los médicos que se nieguen a cumplir la ley y para las mujeres que aborten a partir de la semana 15.
  • Los menores de 16 años deben dar consentimiento informado. Este paso es intransferible. Y el consentimiento de sus padres se exigirá según el artículo 26 Código Civil, que lo pide para prácticas médicas invasivas.
  • Habrá consejerías con la obligación de dar información, atención previa y posterior médica, social y psicológica, y acompañamiento a quienes requieran la práctica.
  • Los establecimientos de salud no podrán pedir autorización judicial ni requisitos extra para abortos hasta la semana 14. Los profesionales no podrán ser penados por cumplir la ley.
  • Estará permitida la objeción de conciencia individual, informada previamente y por escrito. Puede ser revocada por el profesional de la salud en los mismos términos.
  • Se creará un registro de estadísticas, monitoreo y evaluación de la interrupción voluntaria del embarazo, a efectos de generar información actualizada relativa a la implementación de la ley.
  • El Estado Nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios tienen la responsabilidad de establecer políticas activas para la prevención de embarazos no deseados, y la promoción y el fortalecimiento de la salud sexual y reproductiva de la población. El Estado debe asegurar la educación sexual integral, lo que incluye la procreación responsable, a través de los programas creados por las Leyes 25.673 y 26.150. En este último caso, deben incluirse los contenidos respectivos en la currícula de todos los niveles educativos, independientemente de la modalidad, entorno o ámbito de las distintas instituciones educativas, sean éstas de gestión pública o privada, lo que deberá hacerse efectivo en todo el territorio nacional a partir del próximo ciclo lectivo.

Comentarios

comentarios