El inicio de la feria judicial trajo una sorpresa bajo el brazo: Cristina Fernández de Kirchner presentó un escrito ante el juez Claudio Bonadío para pedir la elevación inmediata de la “causa de los cuadernos” a juicio oral.

En el mismo, la ex mandataria subrayó que “ante la ausencia manifiesta de un órgano jurisdiccional que en esta instancia pueda reparar” la cadena de “ilicitudes” que se llevaron adelante en el expediente, la defensa entendió que era “imprescindible” pasar al juicio oral.

La idea es reclamar allí, “una vez más, el restablecimiento de los principios constitucionales que hacen al debido proceso legal, del que deben gozar todos los habitantes de la Nación, sin excepción alguna“.

El abogado de la candidata a vicepresidenta por el “Frente de Todos”, Carlos Beraldi, explicó en el documento que: “En condiciones normales, la posibilidad de que estas actuaciones pudieran ser elevadas a juicio, en términos jurídicos, resultaría absurda. Ello así, pues todo lo actuado es insanablemente nulo, al haberse vulnerado todas y cada una de las garantías previstas en la Constitución Nacional”.

En estos días, con el planteo de los acusadores y las defensas, Claudio Bonadio deberá tomar la decisión de decidir la elevación a juicio: apenas el caso pase a otra instancia, se sorteará un tribunal oral.

? La cadena de “ilegalidades” según la defensa de Cristina Fernández de Kirchner:

▪️Los presuntos cuadernos del chofer Oscar Centeno (…) nunca aparecieron y sólo obra en la causa lo que serían fotocopias de los mismos.

▪️La aplicación de la figura del imputado colaborador: “Se realizaron detenciones arbitrarias a mansalva y se efectuó una aplicación totalmente ilegítima de la ley 27.304, la cual terminó siendo utilizada como un medio coactivo no sólo para arrancar supuestas confesiones a los imputados, sino también para manipular sus dichos”.

▪️”En un pícaro intento por no dejar rastros de estos atropellos, de manera deliberada se omitió obtener registros audiovisuales de estos actos procesales, vulnerando la clara disposición prevista en el artículo 6 de la ley 27.304″.

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