Un rato antes del “superclásico”, el gobierno de Mauricio Macri decidió lanzar este domingo un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con una batería de medidas que imponen, entre sus lineamientos más importantes, una restricción a la compra de dólares para personas y empresas y la obligación a los exportadores de liquidar sus divisas.

En la norma, las autoridades explicaron que “ante diversos factores que impactaron en la evolución de la economía argentina y la incertidumbre provocada en los mercados financieros, el Poder Ejecutivo Nacional se vio en la necesidad de adoptar una serie de medidas extraordinarias tendientes a asegurar el normal funcionamiento de la economía, sostener el nivel de actividad y empleo y proteger a los consumidores”.

Y, en esta línea, culparon a “los recientes acontecimientos económico-financieros desencadenados, de público conocimiento, y la incertidumbre generada en el marco del proceso eleccionario en curso” de la urgencia a la hora de adoptar estas “medidas transitorias y urgentes”.

? Los principales ejes de la medida:

▪️Las personas físicas podrán comprar hasta U$S 10.000 por mes y podrán transferir al exterior por esa misma cantidad en ese lapso de tiempo. Si quieren exceder esos montos deben pedir autorización al BCRA.

▪️No habrá impedimentos para extraer dólares de cuentas para personas físicas ni jurídicas. Tampoco habrá restricción para viajes.

▪️En lo que respecta a las personas jurídicas, se estableció que los exportadores deberán vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque. En el caso de los commodities será de 15 días corridos.

▪️Los bancos estarán habilitados para extender su horario hasta las 17 horas por un mes. Cada entidad decidirá cómo pone en funcionamiento la medida.

▪️Los tenedores de algunos títulos de la deuda pública con vencimiento original fuera de límite, podrán dar estos títulos en pago para cancelar obligaciones de la seguridad social, como aportes y contribuciones, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019.

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