A través de una nueva resolución y complementando el régimen de declaraciones juradas lanzado en el día de ayer, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) limita aún más las compras online en el extranjero. Se podrá recoger dos pedidos al año que no superen los 25 dólares o se deberá adscribir a las condiciones que establece el Régimen General de Importación.

Echegaray

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) profundizó, a través de una nueva resolución, los controles a las compras online en el exterior. La nueva medida, complementaria al régimen de declaraciones juradas lanzado en el día de ayer; establece que, a partir de ahora se podrá recibir en la puerta de la casa productos que no superen el valor anual de 25 dólares o ir a recogerlos al Correo Argentino sólo dos veces en el año.

En este sentido, quienes adquieran mercaderías por lo menos en tres ocasiones durante un año tendrán que seguir las condiciones que establece el Régimen General de Importación para recibir lo comprado. El organismo, que lidera Ricardo Echegaray, fundamentó le decisión en base al “gran incremento producido en la utilización del régimen de envíos postales”.

Además, aclararon que la Dirección General de Aduanas “elaborará a su consideración, un listado de mercaderías que quedarán exceptuadas de la presente norma”.  Esa nómina será publicada en el portal del organismo fiscalizador (www.afip.gob.ar).

Formulario lanzado por la AFIP

 

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