Revocando un fallo de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, la Corte Suprema de Justicia ordenó reabrir la investigación sobre las ejecuciones extrajudiciales y las desapariciones en La Tablada.

Tablada

El 23 de enero de 1989, 46 militantes del “Movimiento Todos por la Patria” ingresaron al RIM3 de La Tablada, en la Provincia de Buenos Aires. Tras poco más de 24 horas dentro del cuartel, tan sólo un puñado de ellos pudo salir vivo el 24 de enero.

La modalidad represiva ejercida por los militares que participaron de la recuperación del cuartel adquirió los mismos tintes que durante la última dictadura militar – a excepción de la apropiación de bebés -, echando mano a todas las tecnologías de represión “cultivadas” a lo largo de las últimas dos décadas por las Fuerzas Armadas: las desapariciones, las torturas y los vejámenes.

Eduardo Longoni - Tablada
Foto tomada por Eduardo Longoni: fusilamientos en La Tablada.

En el día de hoy, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el voto de la ministra Elena Highton de Nolasco y de los ministros Juan Carlos Maqueda y Eugenio Raúl Zaffaroni, revocó el fallo de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal que había confirmado el sobreseimiento por prescripción de los militares Alfredo Arrillaga y Jorge Eduardo Varando (este último se haría conocido varios años después al participar, en diciembre de 2001, de la represión desde su puesto de seguridad en el Banco HSBC: allí asesinaron a Gustavo Benedetto, de 23 años).

Ambos están imputados por el homicidio agravado de Iván Ruiz y José Alejandro Díaz: la causa investiga si, como todas las pruebas indican, los dos militantes del MTP fueron ejecutados en ese lugar luego de la recuperación del regimiento y cuando ya se encontraban detenidos por personal militar a las órdenes de Arrillaga.

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