En las últimas horas el gobierno de Javier Milei envió al Congreso de la Nación el texto con las devoluciones a las modificaciones que solicitó una parte de la oposición a la “Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos“, popularmente conocida como “Ley Ómnibus”.

Ahora, los diputados y las diputadas de los bloques de la oposición “dialoguistas” analizan el documento para evaluar si llegan a un acuerdo con los representantes del oficialismo o si exigen más cambios para darle luz verde. 

¿Cuáles son los principales cambios?

El gobierno nacional aceptó reducir el plazo de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, de salud, tarifaria, energética y administrativa y de las delegaciones legislativas a un año, con la posibilidad de prorrogarlas por un año más con aprobación del Congreso de la Nación: vale la pena recordar que el proyecto original establecía dos años con dos de prórroga.

Respecto a la movilidad jubilatoria, se dispuso que hasta marzo se va a mantener el ajuste trimestral bajo la fórmula actual: a partir de abril, habrá una “actualización automática por inflación mensual”, en base al último dato de inflación disponible del INDEC.

La petrolera estatal YPF quedó fuera del listado de empresas a ser privatizadas. Para Nucleoeléctrica, Banco Nación y ARSAT se estableció que el Estado Nacional solamente podrá realizar una privatización parcial, debiendo mantener el control de la empresa.

Se decidió eliminar el polémico artículo 331 de la “Ley Ómnibus” que establecía que se debía pedir autorización para una manifestación y definía que se trataba de la “congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público”.

En torno a la reforma electoral, se dará en sesiones ordinarias el debate de las circunscripciones uninominales, las PASO y la actualización de la composición de la Cámara de Diputados.

El nuevo proyecto establece en 0% las retenciones para las economías regionales, un reclamo de los sectores agropecuarios y los gobernadores.

En materia medioambiental, se elimina el artículo 497 que modificaba la Ley de Quema y se amplía de 30 a 90 días en el artículo 498 el plazo para que la Autoridad de Aplicación autorice una quema. También se incorporó un artículo que garantiza los recursos para el Fondo de Bosques y se aclara en la Ley de Glaciares las actividades prohibidas en la zona periglaciar

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