De modo insólito, el Juzgado Nº 1 en lo Contencioso y Administrativo de La Plata rechazó una demanda de la Asociación por los Derechos Civiles. ¿Y el Estado laico?

Virgen X

La Resolución del 28-IV-2010 dictada por la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires dispuso la entronización de la imagen de la Virgen de Luján en el Salón de los Pasos Perdidos de la Legislatura bonaerense.

Desde la Asociación por los Derechos Civiles reclamaron que la misma “viola el principio de neutralidad religiosa del Estado, el de igualdad y no discriminación respecto al ejercicio del derecho a la libertad de conciencia”.

“La Cámara de Diputados conformaría así una preferencia religiosa sobre espacios públicos de relevancia institucional donde concurren a diarios empleados, legisladores y ciudadanos de diversos credos o religiones, o que no profesan credo ni religión alguna”, argumentaron.

Sin embargo, la Justicia hizo caso omiso del pedido: los magistrados sostuvieron que la decisión está de acuerdo con el artículo 2 de la Constitución Nacional (“El Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano”) y que  “para que exista discriminación se exige que medie un acto concreto por el cual a una persona por razones de raza, sexo, credo, nacionalidad u otras circunstancias se le niegue un derecho que se le reconozca a otro”.

Fuente: Diario Judicial

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