A través del decreto 761/2020 publicado en el Boletín Oficial, el gobierno nacional extendió la prohibición para que las empresas despidan o suspendan al personal por otros 60 días.

Se trata de la tercera prórroga que aplica la administración de Alberto Fernández sobre esta medida, sancionada por primera vez el 1° de abril. Luego se dictaron dos extensiones, siempre por el mismo plazo, a fines de mayo y de julio: ahora estará vigente al menos hasta el próximo 30 de noviembre.

De esta manera, los dueños de las empresas o PyMEs no podrán echar o suspender a sus trabajadores “sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor”

No obstante esto, las autoridades aclararon en la normativa que “quedan exceptuadas de esta prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo” y que “no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia“.

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