El artículo 85 del proyecto de ley enviado por Mauricio Macri prevé la penalización de la divulgación de información de quienes entren al “blanqueo”.
El hecho es grave y constituye, en caso de que se apruebe, un gran retroceso en torno a los derechos de libertad de expresión y de prensa: el mismo proyecto gubernamental pide restringir derechos comunes.
- ¿Qué dice el artículo 85?
“Los magistrados, funcionarios judiciales o dependientes de la Administración Federal de Ingresos Públicos, los declarantes del Título I del Libro II de la presente y terceros que divulguen o reproduzcan documentación o información de cualquier modo relacionada con las declaraciones voluntarias y excepcionales reguladas por esta ley incurrirán en la pena prevista por el artículo 157 del Código Penal. Los terceros mencionados precedentemente incurrirán, además, en una multa igual al valor de los bienes exteriorizados por aquel que hubiera realizado la declaración voluntaria y excepcional que se hubiera revelado o divulgado o cuyos hechos, actuaciones, documentos, datos o información se hubiera revelado o divulgado”.
Tras su divulgación y el escándalo, el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) advirtió que “tal como está redactado, el artículo lesiona gravemente las libertades de expresión y de prensa y afecta el trabajo periodístico al fomentar la autocensura e instaurar la persecución penal del trabajo de informar en un ámbito en el que podrían existir hechos de interés público”.
“Además, reclama al Poder Ejecutivo – que envió el proyecto al Congreso – y a los legisladores que excluyan a los periodistas de la restricción aplicada a los funcionarios y magistrados”, agregaron.