En un fallo “no vinculante”, la procuradora general de la Nación criticó el aumento de tarifas y avaló el fallo de la Cámara Federal de La Plata.

GAS

En su escrito, Alejandra Gils Carbó sostuvo que la cámara platense interpretó “adecuadamente el derecho federal vigente al concluir que el aumento tarifario no pudo ser válidamente implementado sin la realización previa de una audiencia pública dado que la Ley 24.076 de Gas Natural impone ese mecanismo como herramienta para garantizar el derecho constitucional de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores previsto en el artículo 42 de la Constitución Nacional”.

Asimismo, la procuradora aclaró que “las disposiciones que integran el régimen de gas natural, en el que se inscribe el requisito de audiencia pública previa, fijan también como objetivo la determinación de tarifas justas y razonables, a la vez que consagran los principios de accesibilidad, gradualidad, coherencia, progresividad y previsibilidad”.

“Los amparos y medidas ponen en juego derechos humanos y fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional y en los instrumentos internacionales. (…) El acceso al servicio básico del gas es indispensable para la continuidad de la actividad económica de los comerciantes, las empresas —en especial, las pequeñas y medianas—, las fábricas recuperadas y las cooperativas, de las cuales depende en gran medida la conservación de las fuentes de trabajo”, advirtió.

“Las resoluciones 28/2016 y 31/2016 impusieron a los usuarios y consumidores un aumento significativo que impacta, de manera inmediata e irreversible, en el acceso a un servicio básico y en la planificación de gastos familiares y costos empresariales. Desde el punto de vista de los usuarios, ello descarta el carácter transitorio que le atribuyó el Estado Nacional a las medidas cuestionadas”, sentenció.

Vale la pena recordar que la opinión de Alejandra Gils Carbó será ahora elevada a la Corte Suprema de Justicia de la Nación: tras recibir el escrito, los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti se abocarán a tratar la validez de la resolución de la Cámara Federal de La Plata, con alcance nacional.

Para leer el fallo completo: www.fiscales.gob.ar

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