El primer proyecto es apoyado por la oposición, especialistas, científicos y organizaciones sociales; el segundo es un “artefacto” creado por el oficialismo.

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En diciembre de 2015 perdió estado parlamentario el proyecto de ley para la protección de los humedales promovido por los senadores Rubén Giustiniani (PS) y Elsa Ruiz Díaz (FPV).

Ya en 2016, los senadores Fernando “Pino” Solanas, Teresita Luna, Magdalena Odarda, Jaime Linares, Elizabeth Kunath, Sandra Giménez y Ruperto Godoy presentaron a debate un nuevo proyecto de consenso que fue discutido y enriquecido a lo largo de 12 reuniones y dos audiencias públicas.

De las mismas participaron activamente “especialistas de universidades nacionales, investigadores, representantes de instituciones gubernamentales, organizaciones y movimientos sociales.” El pasado 20 de septiembre el proyecto obtuvo dictamen favorable de mayoría, con la firma de 16 senadores.

Mientras todo esto sucedía en la “superficie”, el presidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca, el senador Alfredo De Ángeli, comenzó a elaborar un proyecto alternativo mucho más laxo que terminó convirtiéndose en un dictamen en minoría firmado por tres senadores.

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Según los especialistas, “de sancionarse el dictamen de minoría tal como está redactado, no solo no se protegerían los humedales sino que se aceleraría su degradación y destrucción”.

“El dictamen de minoría establece un excesivo plazo de 5 años para la realización del inventario, lo que provoca que la ley recién comience a aplicarse a los 5 años”, advirtieron. Asimismo, resaltaron que en el proyecto que respalda “Cambiemos” no se exige a las empresas o personas que destruyen o están destruyendo deliberadamente un humedal a que se deje de dañarlo: sólo se deberá pagar una multa.

Por último, afirmaron que en el dictamen de minoría “se evidencia la intención de subordinar la protección de los humedales a la lógica del interés económico concentrado lo que no condice con lo que establece la Constitución Nacional con una Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental”.

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