A través de la resolución 201/2020 publicada en el Boletín Oficial, el gobierno de Alberto Fernández prorrogó hasta fin de año el Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios, conocido popularmente como “Ahora 12″.

No hay demasiados cambios respecto a cómo se venía implementando: los comercios y servicios pueden ofrecer sus bienes bajo la modalidad de 3, 6, 12 y 18 cuotas, siempre indicando “en forma clara y precisa” el precio de contado, el anticipo si lo hubiere, la cantidad y el monto de cada una de las cuotas, así como también el costo financiero total en el caso en que corresponda.

? ¿Qué productos entran en el “Ahora 12”?

  • “Línea blanca”: aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.
  • Indumentaria: prendas de vestir para hombres, mujeres y niños (incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir), así como también joyería y relojería.
  • Calzado y marroquinería: calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.
  • Materiales y herramientas para la construcción: arena, cemento, cal, yeso, ladrillos, hierro, chapa, aberturas, maderas, cerámicos, sanitarios, caños y tuberías, grifería, membranas, tejas, pintura, vidrios, herrajes, pisos de madera y herramientas de trabajo, entre otros.
  • Muebles para el hogar.
  • Bicicletas: inclusive las eléctricas, sus partes y/o piezas.
  • Motos: comprende a todas aquellas cuyo precio final no sea superior a 180 mil pesos.
  • Turismo. Comprende los siguientes servicios y/o productos a ser prestados íntegramente dentro del Territorio Nacional: pasajes de ómnibus de larga distancia, pasajes aéreos, hoteles y otros alojamientos turísticos habilitados por el organismo provincial competente, paquetes turísticos adquiridos a través de agencias de viaje habilitadas, autos de alquiler, excursiones y actividades recreativas, y productos regionales.
  • Colchones y sommiers.
  • Libros: comprende textos escolares y libros de impresión nacional.
  • Anteojos: comprende anteojos recetados, adquiridos en ópticas, cuyo precio final no sea superior a 10 mil pesos.
  • Artículos de Librería: comprende artículos escolares como cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros).
  • Juguetes y Juegos de mesa.
  • Teléfonos celulares 4G.
  • Neumáticos, accesorios, kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos para automotores y motos.
  • Instrumentos musicales.
  • Computadoras, notebooks y tabletas.
  • Artefactos de iluminación, incluyendo los artefactos eléctricos de iluminación de tecnología LED.
  • Televisores.
  • Perfumería: comprende productos de cosmética, cuidado personal y perfumes.
  • Pequeños electrodomésticos.
  • Servicios de preparación para el deporte, comprendiendo gimnasios.
  • Equipamiento médico: comprende electrocardiógrafos, desfibriladores, monitores para distintas señales fisiológicas, balanzas de grado médico, instrumental, elementos de esterilización.
  • Maquinaria y herramientas: comprende los taladros, amoladoras angulares, lijadoras, pulidoras, sierras, soldadoras con electrodos revestido, soldadora sistema TIG, soldadora sistema MIG-MAG y morsas.
  • Alimentos: comprende los productos informados en el Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA).
  • Medicamentos.
  • Lámparas y tubos de iluminación con tecnología LED, producidas dentro o fuera del Territorio Nacional, cuyo destino sea residencial, comercial o industrial, podrán ser adquiridos en tres y seis cuotas.

Comentarios

comentarios